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año:2022
 
institución:MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Local Al contestar refiérase al oficio N.° 20098 18 de noviembre, 2022 DFOE-LOC-2237 Licenciado Alexander Parra Acosta Auditor Interno aparra@municipalidadcorredores.go.cr MUNICIPALIDAD DE CORREDORES Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado sobre las coordinaciones que debe instaurar la auditoría interna con otros departamentos para solicitar colaboración en los procesos de fiscalización Nos referimos al oficio n.° MC-AI-0114-2022 de 12 de octubre de 2022, enviado al Órgano Contralor por correo electrónico en la misma fecha y, donde se realizan tres preguntas sobre la forma en que se debe coordinar con otros departamentos, como la asesoría jurídica, para los procesos de fiscalización que lleva a cabo la auditoría interna en la municipalidad, considerando la regulación existente sobre el tema, tal como la Ley General de Control Interno1 (LGCI) y las regulaciones propias del ente municipal. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN En el texto de la consulta, se extrae que la misma se originó al plantearse un requerimiento al departamento de asesoría jurídica de la Municipalidad de Corredores para apoyar con un criterio la labor de la Auditoría Interna; no obstante, la respuesta recibida indicó que se debe coordinar este tipo de colaboraciones con el Alcalde, a fin de mantener un orden en cuanto a los planes y el flujo de trabajo de esa oficina, situación que el auditor interno considera puede comprometer o afectar las labores propias de esa unidad. 1 Ley n.° 8292 de 31 de julio de 2002. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:aparra@municipalidadcorredores.go.cr División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Local DFOE-LOC-2237 2 18 de noviembre, 2022 Por lo anterior, se solicita criterio a la Contraloría ...
Fecha publicación: 23/11/2022
Fecha emisión: 17/11/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Funciones


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 15248 16 de setiembre del 2022 DJ-2034 Señora Ginger Vásquez Rodríguez, Encargada de Recursos Humanos MUNICIPALIDAD DE CORREDORES gvasquez@municipalidadcorredores.go.cr Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio N° MC-RRHH-216-2022, con fecha 12 de setiembre de 2022, mediante el cual plantea las siguientes interrogantes con respecto a los cambios introducidos en temas de anualidades por la Ley n.°9635: 1- Si las anualidades del 2018, 2019,2020 que están calculadas a un 4% sobre la base de todos los empleados municipales, aplicando la devolución de los dineros pagados de más, se mantienen ese cálculo en el sistema de planillas o se debe proceder ajustar el calcula de cada anualidad de los años 2018, 2019, 2020 a como lo indica la ley, esto porque no se ajustaron en el momento que se emitió la ley. 2- ¿Cuándo se realiza aumento salarial, las anualidades reciben aumento o ajuste? En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:gvasquez@municipalidadcorredores.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 diciembre de 2011, estab ...
Fecha publicación: 16/09/2022
Fecha emisión: 16/09/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio Nº 07358 03 de mayo de 2022 DCA-1338 Licenciado Alexander Parra Acosta Auditora Interno MUNICIPALIDAD DE CORREDORES Correo electrónico: aparra@municipalidadcorredores.go.cr Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Municipalidad de Corredores respecto al cobro de timbres fiscales en contratos administrativos. Nos referimos a su oficio MC-AI-0015-2022 de 15 de marzo de 2022, relativo a la posibilidad de subsanar el pago de los timbres fiscales en una contratación administrativa que no haya cumplido con ese requisito. I.- Motivo de la Gestión En el texto de la consulta se solicita criterio a esta Contraloría en relación con la correcta aplicación del cobro y pago de los timbres fiscales que corresponden en la celebración de contrataciones administrativas en las Municipalidades. Al respecto, señala el señor Auditor que esta ante un escenario donde la omisión del cobro de esos timbres ha quebrantado la norma legal del Código Fiscal y su génesis no es justificable por desconocimiento en la parte contratante ni por la contratada a la luz de los artículos 13 y 21 de la Ley de Contratación Administrativa y el numeral 218 del RLCA. Manifiesta que si bien puede encontrarse que la regulación del pago de los timbres pueda haberse omitido en los carteles específicamente en tiempos donde no se utilizaba la Plataforma SICOP (Inició en 2021), tal negligencia no menoscaba ampararse en normas de mayor jerarquía y que en este caso conducen a la posible existencia de responsabilidad administrativa y civil según corresponda. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:aparra@municipalidadcorredores.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División de Contratación Administrativa 2 La Auditoria Interna fundamenta su criterio de que tanto la ley de Contrataci ...
Fecha publicación: 03/05/2022
Fecha emisión: 03/05/2022
Documento: 07358-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Requisitos para el trámite de refrendo


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 05540 29 de marzo de 2022 DJ-0696 Señor Alexander Parra Acosta, Auditor Interno. MUNICIPALIDAD DE CORREDORES aparra@municipalidadcorredores.go.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza parcialmente su consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de competencia del órgano contralor. Se refiere este Despacho al oficio MC-AI-0015-2022 del 15 de marzo de 2022, mediante el cual se plantean las siguiente interrogantes: “1.¿Existen excepciones para omitir el cobro de timbres fiscales por parte de las Municipalidades en las contrataciones administrativas amparado en alguna exención de ley que le justifique ese actuar y si el actualmente (sic) es aplicable el artículo N°8 el Código Municipal para no asumir el 50% que le corresponde a la parte contratante? 2.¿Cuál sería la consecuencia jurídica de la Municipalidad y los responsables de no haber cumplido con ese requisito y si el mismo es saneable para contratos en ejecución? 3.¿Es jurídicamente viable tramitar su cobro ante los contratistas para casos ya finiquitados o corresponde a recuperar (sic) el lucro cesante (10%) en caso de que se considere existió una contratación irregular?” En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000 ...
Fecha publicación: 30/03/2022
Fecha emisión: 29/03/2022
Documento: 05540-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio Nº 02160 10 de febrero de 2022 DCA-0503 Licenciado Alexander Parra Acosta Auditora Internol MUNICIPALIDAD DE CORREDORES Correo electrónico: aparra@municipalidadcorredores.go.cr Estimada señor: Asunto: Se emite criterio sobre recepción de garantía colateral para evitar atrasos en pagos a un contratista, producto de la aprobación presupuestaria. Damos respuesta a su oficio No. MC-AI-0002-2022 de 14 de enero de 2022, mediante el cual consulta lo siguiente. 1. ¿Es jurídicamente procedente que un contratista solicite el giro del saldo de su contrato contra la rendición de una garantía colateral a favor de la institución, so pretexto de evitar la dilación en sus pagos subsecuentes? 2. ¿Cuál funcionario dentro de la estructura organizativa ostenta la autoridad, para aprobar la aceptación de una garantía colateral no solicitada por la institución pública y en caso positivo cuáles serían las formalidades a observar para tal efecto II. Sobre los alcances de nuestro pronunciamiento. El ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General se regula en el artículo 29 de su Ley Orgánica, No. 7428 del 4 de setiembre de 1994 y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, Resolución No. R-DC-197-2011. Este órgano contralor, de conformidad con los artículos 8 y 9 del citado Reglamento, no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la Administración Pública respectiva o en su caso por la Auditoría Interna en el ejercicio de sus competencias, de tal manera que lo que se emiten son criterios generales sobre los asuntos consultados, debiendo analizar lo indicado para que adopte las decisiones que correspondan. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http:/ ...
Fecha publicación: 11/02/2022
Fecha emisión: 10/02/2022
Documento: 02160-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO